Buenas prácticas para la concienciación y educación financiera
(Aspectos seleccionados)
Principios
1. La educación financiera puede definirse como “el proceso por el que los consumidores financieros/inversores mejoran su comprensión
de los productos financieros, conceptos y riesgos y, a través de la información, la enseñanza y/o el asesoramiento
objetivo, desarrollan las habilidades y confianza para adquirir mayor conciencia de los riesgos y oportunidades financieras,
tomar decisiones informadas, saber dónde acudir para pedir ayuda y tomar cualquier acción eficaz para mejorar su bienestar
financiero”. Así, la educación financiera va más allá del suministro de información y asesoramiento financiero, el cual debería
estar regulado, como ya sucede con frecuencia, en particular para la protección de los clientes financieros (por ejemplo los
consumidores en las relaciones contractuales).
2. Deberá promoverse el desarrollo de capacidades financieras, basado en una educación y una información adecuada. La educación
financiera deberá proporcionarse de forma correcta e imparcial y los programas se coordinarán y llevarán a cabo de
manera eficiente.
3. Los programas de educación financiera deberían centrarse en temas de alta prioridad, los cuales, dependiendo de las circunstancias
del país, podrán incluir importantes aspectos de la planificación financiera a largo plazo, tales como cuentas de ahorro,
gestión de la deuda personal o de los seguros, así como los requisitos previos para la concienciación financiera, como economía
y matemáticas financieras elementales. Deberá favorecerse la concienciación de los futuros jubilados sobre la necesidad
de valorar la adecuación financiera de sus actuales planes de pensiones, públicos o privados, con el fin de tomar las medidas
precisas cuando sea necesario.
4. La educación financiera debe ser tenida en cuenta en el marco regulador y administrativo, y considerada como una herramienta
para promover el crecimiento económico, la confianza y la estabilidad, junto con la regulación de las instituciones financieras
y la protección del consumidor (incluyendo la regulación de la información y el asesoramiento financieros). La regulación
financiera es esencial para proteger a los consumidores (por ejemplo contra el fraude) y no debe ser sustituida sino complementada
por la educación financiera.
5. Deberán tomarse las medidas convenientes cuando la capacitación financiera sea esencial pero se observen deficiencias. Se
tendrán en cuenta otras políticas como la protección del consumidor y la regulación de las instituciones financieras. Sin limitar
la libertad de contratación, en los procedimientos por impago convendría tener en cuenta la inadecuada educación financiera o
el comportamiento pasivo de los consumidores.
6. Deberá promoverse el papel de las instituciones financieras en la educación financiera, como parte de la buena administración
en relación con sus clientes. Se favorecerá la asunción de responsabilidad por parte de las instituciones financieras, no sólo
para proporcionar información y asesoramiento, sino también para promover la concienciación financiera de los clientes, especialmente
cuando se trata de compromisos a largo plazo o que representen un porcentaje considerable de los ingresos actuales
y futuros.
7. Los programas de educación financiera deberán diseñarse para satisfacer las necesidades y el nivel de competencia de su público
objetivo, así como para reflejar el modo en que dicho público prefiere recibir la información financiera. La educación
financiera deberá considerarse como un proceso continuo, en curso y a largo plazo, con el fin de tener en cuenta la creciente
complejidad de los mercados, la variación de las necesidades en diferentes etapas de la vida y la cada vez más compleja información
financiera.
Buenas prácticas
A. Acciones públicas para la educación financiera
8. Deberán promoverse campañas nacionales para crear conciencia en la población sobre la necesidad de mejorar su comprensión
de los riesgos financieros y de las formas de protegerse contra ellos mediante un ahorro adecuado, los seguros y la educación
financiera.
9. La educación financiera debe comenzar en la escuela. Los ciudadanos deberían recibir instrucción sobre temas financieros lo
más jóvenes posible.
10. Debería considerarse convertir la educación financiera en parte de los programas públicos de asistencia social.
11. Se fomentarán a nivel nacional los órganos especializados adecuados (posiblemente integrados en las autoridades existentes)
encargados de promover y coordinar la educación financiera. Asimismo se promoverán las iniciativas regionales y locales, tanto
públicas como privadas, que resulten lo más cercanas posible a los ciudadanos.
12. Se promoverá la creación de sitios web específicos para proporcionar al público información pertinente y fácil de consultar. Se
desarrollarán servicios gratuitos de información. También se incentivarán los sistemas de alertas emitidas por organizaciones
profesionales, de consumidores o de cualquier otro tipo, sobre temas de alto riesgo que puedan perjudicar los intereses de los
consumidores financieros (incluyendo casos de fraude).
B. El papel de las instituciones financieras en la educación
13. Se fomentará la definición detallada de los tipos de información (incluyendo dónde encontrarla y el suministro de información
general comparativa y objetiva sobre los riesgos y rendimientos de los diferentes tipos de productos) que las instituciones financieras
deben proporcionar a sus clientes en relación con los productos y servicios financieros.
14. Se fomentará que las instituciones financieras distingan con claridad entre lo que es educación financiera y lo que constituye
información y asesoramiento con fines “comerciales”. Cualquier recomendación con propósito comercial deberá ser transparente
y divulgar claramente tal condición, cuando también esté siendo promocionada como una iniciativa de educación financiera.
Para aquellos servicios financieros que supongan compromisos a largo plazo o tengan consecuencias financieras potencialmente
significativas, se animará a las instituciones financieras a verificar que la información que proporcionan a sus clientes es leída y
comprendida.
15. Se fomentará que las instituciones proporcionen información a diferentes niveles, con el fin de satisfacer mejor las necesidades
de los consumidores. Se evitarán la letra pequeña y la documentación poco comprensible.
16. La educación financiera proporcionada por las instituciones financieras debería ser evaluada regularmente para asegurar que
satisface las necesidades de los consumidores. Esto puede lograrse mediante la colaboración con organismos asesores independientes
y sin ánimo de lucro que puedan tener una mayor relación con los consumidores, en particular con los que se encuentran
en situación de desventaja al participar en los mercados financieros.
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